MEMORNDUM DEL EXPEDIENTE FISCAL | | FECHA 11 de diciembre de 2020 | | DE Jane Daz | | ASUNTO PA Asignacin de deuda LLC | | Hechos: PA LLC se formar antes de que finalice el ao en curso para fabricar ropa deportiva especializada. La LLC ser propiedad equitativa de Paul y Anna, y ambas partes sern miembros administradores. Comprar equipo y pagar otros gastos por $600,000, con $160,000 pagados en efectivo. Los $440,000 restantes se tomarn prestados del First State Bank. El prstamo ser garantizado personalmente por Anna. Al final del ao fiscal, la LLC tambin tendr $40,000 de cuentas por pagar (no garantizadas por ninguno de los miembros de la LLC). | El acuerdo operativo establece que todos los elementos de la LLC se asignarn por igual. Las cuentas de capital se mantendrn de manera adecuada conforme a las Regulaciones 704(b). Cualquier miembro con un saldo de cuenta de capital deficitario al momento de la liquidacin de la LLC deber contribuir en efectivo por el monto del dficit en ese momento. | La LLC espera producir una prdida de alrededor de $580,000 en su primer ao fiscal (asign $290,000 a cada uno de Paul y Anna), y a los miembros de la LLC les gustara poder deducir su parte de la prdida. | Problemas: a Paul y Anna les gustara saber si las reglas de limitacin de prdidas afectarn su capacidad para deducir la prdida de $580 000 (asignados $290 000 a cada miembro de la LLC). | Conclusin y recomendaciones: Bajo el escenario actual, debido a que Anna garantizar personalmente el prstamo, se le asignar la totalidad del monto para fines bsicos. Por lo tanto, la limitacin de prdida de Paul 704(d) ser de $ y la de Anna ser de $. Ambos montos se reducen en $20,000 adicionales bajo las limitaciones en riesgo a $ y $, respectivamente. La base y los montos en riesgo de Paul solo le permitirn deducir $ de su participacin esperada de $ en las prdidas de la LLC. Tanto Paul como Anna son miembros activos de la LLC, por lo que no se aplicarn las limitaciones de prdida de actividad pasiva. La limitacin de exceso de prdidas comerciales se aplicara a Anna y limitara su prdida permisible a $ en lugar de $. En cambio, si tanto Paul como Anna garantizaran la mitad de la deuda con recurso, cada miembro tendra una cantidad en riesgo de $300,000. Sin embargo, tanto Paul como Anna son contribuyentes solteros; bajo las reglas de exceso de prdidas comerciales, su prdida se limitara a $ cada uno, con la prdida adicional de $40,000 arrastrada como parte de la prdida operativa neta de cada contribuyente. Sin embargo, este es un mejor resultado que la asignacin original. | Ley y anlisis: Las prdidas solo se pueden deducir segn 704(d), en la medida de la base del miembro de la LLC en el inters de la LLC. Paul y Anna contribuyeron cada uno con $ en efectivo. Adems, su base incluye su parte de los pasivos de la LLC. La deuda con recurso se asigna a los socios/miembros que tienen un riesgo econmico de prdida con respecto a la deuda. Anna ha garantizado el prstamo de equipo de $, por lo que asume todo el riesgo econmico de prdida con respecto a esa deuda. A ella se le asigna la totalidad del importe. Las cuentas por pagar son con recurso a la LLC, pero ninguno de los miembros de la LLC ha garantizado la deuda, por lo que es sin recurso con respecto a los dos miembros de la LLC. Se asigna de acuerdo con las proporciones de participacin en las ganancias, $ 20,000 a cada miembro de la LLC. Las prdidas tambin deben evaluarse bajo las limitaciones de riesgo. Debido a que PA es una LLC, ninguno de los socios es responsable de las cuentas por pagar, por lo que esos pasivos no pueden incluirse en sus montos en riesgo. En ausencia de otros arreglos, las prdidas de Paul y Anna para el ao estn limitadas de la siguiente manera. | | Pablo | | ana | Contribucin en efectivo | ps | ps | Cuota de deuda con recurso | | | Cuota de deuda sin recurso | | | 704(d) limitacin de prdidas | ps | ps | Menos: Deuda sin recurso | () | () | 465 limitacin | ps | ps | |
| Como se mencion, la limitacin de prdida de actividad pasiva no surgira porque ambos miembros de la LLC estn activos en el negocio. Sin embargo, los miembros tambin deben considerar si se aplicara la limitacin de exceso de prdidas comerciales. Segn esta regla, las prdidas comerciales de un solo contribuyente individual se limitan a $ en un ao fiscal determinado. Ni Paul ni Anna tienen ingresos comerciales (o prdidas) de otras fuentes, por lo que los montos de $ y $ calculados anteriormente son los montos considerados bajo esta limitacin. Desafortunadamente, la prdida asignada de Anna superara el monto del umbral, por lo que solo podra deducir $ y la prdida restante de $ se transferira como parte de su prdida operativa neta remanente. Si, en cambio, Paul y Anna acordaran garantizar cada uno la mitad de la deuda con recurso, los $ se asignaran $ a cada persona. Las bases de Paul y Anna [limitacin de prdidas segn 704(d)] seran $ cada uno, y sus montos en riesgo seran $ cada uno. No se aplicara la limitacin de prdida de actividad pasiva, pero s la limitacin de prdida comercial excesiva. Como contribuyentes solteros, tanto Paul como Anna estaran limitados a una prdida de $. Por lo tanto, de la prdida total de $ asignada a cada socio, se permitira una deduccin de $. La prdida en exceso de $ se transferira como parte de la prdida operativa neta de cada miembro de la LLC. | |